Aproximadamente 190 boletas a impuesto Tránsito Terrestre durante las primera semana de Enero


 Aunque la fase educativa de los vigilantes de tránsito terrestre hacia los conductores, continúa a través de las charlas de educación vial, esta institución enfatiza los niveles de operatividad a través de la imposición de sanciones administrativas o multas.
A tales efectos, el Comisario (TT) Elvis Amaro, jefe de operaciones de la Unidad indico que entre las mayores imprudencia cometidas por los conductores se encuentra el desacato a los artículos 169, numeral 1, 2 y 20, articulo 170 en los numerales 15, 16 alfabeto c y h de la ley de transporte terrestre;  en los cuales se sancionan  a los infractores con multas entre cinco y diez unidades tributarias. “Siguiendo instrucciones del Comandante de la Unidad, el Comisario Ely Escobar, ya la fase de amonestaciones verbales, llamados de atención y micros charlas a los usuarios del sistema vial,- que se estuvo implementando durante dos años-  han sido desplazados por medidas preventivas más drásticas, pero cuyo resultado han fomentado un mejor comportamiento y crecimiento de la cultura vial proactiva“.  


Señalo que “Evaluando el desempeño y crecimiento del parque automotor, hemos observado que causas como la ingesta alcohólica, ha sido desplazado hacia niveles inferiores en los causales de accidentes viales, lo cual es un indicador sobre la consciencia que la ciudadanía ha asumido, sin embargo, aún el exceso de velocidad se constituye en una causa que afecta considerablemente los índices estadísticos de la región, lo que obliga a una mayor presencia y sobre todo acciones más contundentes de los efectivos durante el desempeño de sus funciones”.

El trabajo de los efectivos durante estas primeras semanas del año, se orienta a garantizar un mejor desplazamiento sobre la diversas vías y troncales,  el control de la velocidad a través del RECOVAC y la aplicación de correctivos a situaciones que impliquen peligrosidad para los usuarios del sistema.
Destaco que durante este primera semana se han impuesta cerca de 35 sanciones administrativas a conductores del transporte de carga que portan personas en la torva, especialmente durante el recorrido de supervisión que se realiza en la Autopista José Antonio Páez en el sector Masparro, dado el atractivo turístico que representa la represa de ese mismo nombre.

Otro de los aspectos que están siendo sancionados es el correspondiente a la carencia de la documentación tanto del vehículo como el porte de las licencia de conducir, lo cual además de ser sancionado implica la detención de la unidad hasta que se presente algún conductor con la respectiva documentación.
En cuanto a la educación vial se giraron instrucciones para la activación de las aulas viales aleatorias, según los operativos que se realizan y la instrucción dada no exonera la imposición administrativa correspondiente. La actividad consiste en una orientación sobre los artículos vinculados relacionados al porte de la documentación y las sanciones que acarrea el incumplimiento de las normas contenidas en la ley y su reglamento.

El procedimiento para la imposición de las infracciones es el siguiente:
1.- Detención del vehículo, esta puede ser de dos maneras: a.- Aleatoriamente b.- Por la observación de alguna irregularidad en la Unidad: Cauchos lisos, carencia del cinturón de seguridad, problemas con las luces, parabrisas rotos, observancia de menores de edad en la parte delantera de la unidad, entre otros.
2.- Solicitud por parte del efectivo de la documentación: Licencia de conducir (según el grado y tipo de unidad), certificado médico (según el grado y tipo de unidad), seguro de responsabilidad civil vigente, carnet de circulación o certificado de registro de propiedad del vehículo (título de propiedad) *, cedula de identidad o pasaporte.
3.- Aplicación de la sanción administrativa o boleta de citación, en la cual se indica los datos del efectivo y las causas estipuladas en la Ley sobre la cual se está realizando la corrección además de identificar los datos del conductor.
4.- Entrega de la documentación y explicación del lapso administrativo de la imposición de la boleta de citación.
* No existe ningún tipo de documento válido como autorizaciones o documentos privados para la identificación del vehículo.